Servicio de atención al cliente de StockCrowd IN

Servicio de atención al cliente de StockCrowd IN

Las comunicaciones a este departamento están reservadas para la realización de quejas o reclamaciones. Para consultas puede contactar con nosotros en info@stockcrowdin.com.

Rellene el siguiente formulario y remítalo a través de una de las siguientes vías:

Dirección postal:

Servicio de Atención al cliente de StockCrowd Platform, S.L.

C/ Méndez Álvaro, nº 9 - 28045 MADRID

Dirección electrónica: soporte@stockcrowdin.com

StockCrowd IN está obligado a atender y resolver las quejas en un plazo de 45 días naturales desde que la notificación por parte de StockCrowd IN al usuario de la recepción de la referida reclamación o queja, remitida ya fuera mediante correo ordinario, mensajero o por medios electrónicos. Para más información puede ver nuestra Información básica del cliente inversor.

SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA CNMV

La CNMV atiende las quejas o reclamaciones de los usuarios de servicios de inversión cuando estos consideren que sus inversiones se han podido ver perjudicadas por la conducta de personas o entidades sometidas a la supervisión de la CNMV. Es necesario agotar primero la vía del Departamento de Atención al Cliente de StockCrowd IN para poder formular las quejas y reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones de la CNMV.

Dirección postal:

Servicio de Reclamaciones de la CNMV

C/Edison, 428006 Madrid

A través de formulario en internet:

https://sede.cnmv.gob.es/sedecnmv/LibreAcceso/RQC/Reclamaciones_Consultas.aspx

FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE:

1. La instrucción de los expedientes que se tramiten para atender y resolver las quejas y reclamaciones que los clientes de StockCrowd IN presenten, directamente o mediante representación. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2, punto 2 de la orden ECO/734/2004, las quejas y reclamaciones de los clientes habrán de referirse a sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya se deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros en particular, del principio de equidad.

2. Presentar, formular y realizar ante StockCrowd IN informes, recomendaciones y propuestas en aquellos aspectos de su competencia y que estime que pueden favorecer las relaciones de equidad y confianza que deben existir entre StockCrowd IN y sus clientes.

3. Emitir decisión, motivada en un plazo de 45 días naturales desde que la notificación por parte de StockCrowd IN al usuario de la recepción de la referida, desde la presentación de dicha queja o reclamación. Finalizado dicho plazo el cliente podrá acudir al Servicio de Reclamaciones de la CNMV.

REFERENCIA A LA NORMATIVA SOBRE TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DEL CLIENTE.

StockCrowd IN informa a sus usuarios de que la normativa aplicable sobre transparencia y protección del cliente, sin carácter exhaustivo, será la prevista en la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, y su normativa de desarrollo, la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de contratos de préstamo o crédito y la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.